solariego - significado y definición. Qué es solariego
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Qué (quién) es solariego - definición

INSTITUCIÓN PROPIA DE LA EDAD MEDIA Y LA EDAD MODERNA
Señorío jurisdiccional; Señorío territorial; Señorío solariego; Derechos señoriales; Derecho señorial; Señorío laico; Señorío eclesiástico; Señoría; Senorio; Señor jurisdiccional; Señorio; Señoríos (España); Señorial; Regimen señorial; Señoria; Señorio eclesiastico; Señorio jurisdiccional; Señorio laico; Señorio solariego; Señorio territorial; Señorios (España); Derecho senorial; Derechos senoriales; Regimen senorial; Senor jurisdiccional; Senoria; Senorial; Senorio eclesiastico; Senorio jurisdiccional; Senorio laico; Senorio solariego; Senorio territorial; Senorios (España); Senorios (Espana); Senoría; Senorío; Senorío eclesiástico; Señorío eclesiastico; Señorio eclesiástico; Senorío eclesiastico; Senorio eclesiástico; Senorío jurisdiccional; Senorío laico; Senorío solariego; Senorío territorial; Senoríos (España); Senoríos (Espana); Señoríos; Señoríos eclesiásticos; Señoriales
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solariego      
adj.
1) Perteneciente al solar de antigüedad y nobleza. Se utiliza también como sustantivo.
2) En la Edad Media, decíase del hombre o colono que vivía en tierra del rey, de la Iglesia o de un hidalgo, sometido al poder personal de su señor. Se utiliza más como sustantivo.
3) Se aplica a los fundos que pertenecen con pleno derecho a sus dueños.
4) Antiguo y noble.
solariego      
solariego, -a (sólo es corriente aplicado a "casa")
1 adj. y n. De solar o linaje noble.
2 adj. y n. m. En la Edad Media se aplicaba al *colono que vivía en una tierra del rey, de la iglesia o de un señor, sometido al poder personal de ellos.
3 adj. Se aplica a los *bienes rústicos que pertenecen por entero a sus dueños.
V. "*casa solariega".
solariego      
Sinónimos
adjetivo

Wikipedia

Señorío

El señorío es una institución propia de la Edad Media y la Edad Moderna en España, en cierto modo similar al feudo del Imperio carolingio. Surgió en los reinos cristianos del norte peninsular y se extendió con la Reconquista al resto del territorio, confirmándose e incrementándose (refeudalización) con la Monarquía Hispánica posterior.

Se trata de una donación hereditaria de tierras y, en función del tipo de señorío, y en ocasiones, también vasallos, incluida la jurisdicción, dada por monarcas a nobles o clérigos como pago por servicios prestados o recompensa a méritos adquiridos, pero por su mera voluntad (merced). Bajo las cortes liberales esto fue suprimido.

Su pervivencia en el tiempo (hasta el siglo XIX) y su carácter de base económica de la posición social de la nobleza, sobre todo tras perder esta su poder político ante la monarquía, pusieron al señorío en el eje que articulaba los sistemas social, económico y político, por lo que puede considerarse que todos ellos formaban parte de un «régimen señorial» que caracterizó al Antiguo Régimen en España. Fue abolido por la Constitución de 1812.